Declaración responsable

Sistema informático de facturación · Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023

D. Michael Tegner, con NIF Y6488390N, en su condición de productor del sistema informático de facturación identificado en el apartado 2 de este documento, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD lo que sigue.

1. Entidad productora

Nombre y apellidosMichael Tegner
NIFY6488390N
DomicilioCalle Pintor Sobejano 70B, 30710 Los Alcázares, Murcia, España
Teléfono+34 634 32 97 88
Correo electrónicoinfo@fiscaza.com
CondiciónProductor del sistema informático de facturación

2. Identificación del sistema informático

Nombre comercialFiscaza
Código identificador del sistemaFZ
Versión objeto de esta declaración1.0.0
Modalidad de funcionamientoVERI*FACTU (remisión automática de los registros de facturación a la AEAT)
Uso por múltiples obligadosSí. El sistema puede ser utilizado por varios obligados tributarios
Naturaleza del sistemaServicio en la nube ofrecido mediante interfaz de programación de aplicaciones (API)

3. Declaración de cumplimiento

El sistema informático de facturación identificado en el apartado anterior cumple lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido de dichos sistemas.

En particular, el sistema garantiza la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, en los términos exigidos por la citada normativa.

4. Funcionalidades que garantizan el cumplimiento

Encadenamiento e integridad

  • Cada registro de facturación (alta y anulación) incorpora una huella o hash calculada conforme al algoritmo SHA-256 publicado por la AEAT, según el detalle de la Orden HAC/1177/2024.
  • Cada registro incorpora los datos del registro inmediatamente anterior —NIF del emisor, número de serie, fecha de expedición y huella— formando una cadena verificable por obligado tributario.
  • Antes de generar un nuevo registro, el sistema comprueba que el último registro generado está correctamente encadenado. Si la integridad o la trazabilidad resultaran comprometidas, el sistema lo señala como incidencia y lo notifica.

Inalterabilidad y conservación

  • Los registros de facturación se almacenan en una base de datos que impide su modificación o supresión una vez generados. Las correcciones se practican mediante registros de subsanación o de anulación, quedando constancia de unos y otros.
  • Los registros se conservan durante el plazo previsto en la Ley General Tributaria y permanecen accesibles y legibles durante todo ese plazo.

Código QR y mención en factura

  • El sistema genera el código QR con el contenido y formato establecidos, para su incorporación a la factura por el obligado tributario.
  • El sistema facilita la leyenda «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU», según corresponda.

Remisión a la AEAT

  • El sistema remite de forma automática, continuada, segura y por medios electrónicos los registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante los servicios web publicados a tal efecto y con autenticación por certificado electrónico.
  • El sistema registra la respuesta de la AEAT para cada registro remitido, incluido el Código Seguro de Verificación (CSV) cuando este se obtiene, y conserva el acuse recibido.
  • Al operar exclusivamente en modalidad VERI*FACTU, no resulta exigible la firma electrónica de los registros de facturación, de conformidad con lo previsto en la normativa citada.

Registro de eventos

  • El sistema conserva la traza de las operaciones relevantes practicadas sobre los registros de facturación y sobre su remisión.

5. Alcance y vigencia

Esta declaración se refiere exclusivamente a la versión indicada en el apartado 2. Cualquier modificación del sistema que afecte a los procesos de facturación dará lugar a la emisión de una nueva declaración responsable referida a la versión correspondiente.

Esta declaración se pone a disposición de los usuarios del sistema en el momento de su adquisición y consta de forma visible en el propio sistema informático.

6. Firma

En Los Alcázares (Murcia), a 23 de agosto de 2026.

Fdo.: Michael Tegner

NIF Y6488390N

Productor del sistema informático de facturación Fiscaza